Beca para realizar Servicio Social

Convocatoria

Otoño 2025

LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA, POR CONDUCTO DE SU RECTOR GENERAL

CONVOCA A LOS ALUMNOS Y ALUMNAS DE LICENCIATURA DE ESTA UNIVERSIDAD PARA PARTICIPAR EN EL PROGRAMA DE BECAS DE SERVICIO SOCIAL

Con fundamento en los artículos 15 de la Ley Orgánica, 36 del Reglamento Orgánico, 1 y 3 del Reglamento de Estudios Superiores, y de conformidad con las Políticas Generales, las Políticas Operacionales de Docencia, Reglamento de Servicio Social a Nivel de Licenciatura, el Acuerdo 04/2025 del Rector General y las Reglas de Operación del Programa de Becas Elisa Acuña y sus anexos, se convoca a las(os) alumnas y alumnos que hayan sido aceptadas(os) para realizar su servicio social reconocido por la UAM.

I. BASES

  1. Objetivo de la beca: Contribuir a la obtención del servicio social, capacitación o grado académico correspondiente mediante el otorgamiento de becas para las/os alumnos/as y/o egresadas/os hasta con dos años de antigüedad provenientes de Instituciones Públicas de Educación Media Superior o de Educación Superior.
  2. Población Objetivo: Alumnas(os) que hayan sido aceptadas(os) para realizar su servicio social con no más de dos años de haber concluido el plan de estudios.
  3. Las becas consisten en un estímulo económico mensual de $1,000.00 en moneda nacional, que se otorgará hasta por 6 meses.
  4. El Comité de Becas, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal, determinará el número de becas que podrán otorgarse.
  5. De acuerdo al Reglamento de Servicio Social en el ARTÍCULO 17 indica que “El alumnado o personas egresadas presentarán, ante la persona titular de la dirección de división correspondiente, la solicitud de inscripción al plan, programa o proyecto aprobado, con anticipación a la fecha de inicio de la prestación del servicio social”, así mismo en el ARTÍCULO 19 se establece que “Las personas titulares de las direcciones de división atenderán las solicitudes y resolverán, en un plazo de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de la solicitud, quiénes quedan inscritos en el plan, programa o proyecto de que se trate, la fecha de inicio y el nombre de la persona asesora.”

    Por lo anterior, es facultad de las Divisiones Académicas en las Unidades Universitarias, realizar el registro del Servicio Social en el módulo que se encuentra en el Sistema de Administración Escolar (SAE) para la solicitud de beca de Servicio Social es necesario contar con el registro correspondiente.

  6. El cumplimiento de los requisitos no garantiza el otorgamiento de la beca debido a que se encuentra sujeta a la suficiencia presupuestaria del ejercicio fiscal correspondiente.
  7. Sin excepción el trámite es personal.
  8. Los derechos y obligaciones de las(os) becarias(os), así como las causas de suspensión y cancelación de las becas se establecen en las Reglas de Operación del Programa de Becas Elisa Acuña y sus anexos, publicados el 21 de febrero de 2025 en el Diario Oficial de la Federación, que como parte integral de esta Convocatoria pueden ser consultados en www.dof.gob.mx.
  9. Los resultados se publicarán en becas.uam.mx , el 7 de noviembre de 2025 y serán definitivos e inapelables.
  10. El comité de becas solicitará la Información académica a la Dirección de Sistemas Escolares para la evaluación del cumplimiento de los requisitos académicos de las personas solicitantes.

  11. El Reglamento de Servicio Social a Nivel Licenciatura, en los artículos 33 y 34, estipula que la Universidad, a través de los órganos y las dependencias respectivas, será la única facultada para evaluar y, en su caso, acreditar el servicio social, y que la constancia de cumplimiento del servicio social será extendida a los prestadores por el director de división correspondiente, por lo que la persona beneficiaria deberá presentar al término del servicio social.

  12. Las cuestiones no previstas en esta Convocatoria serán resueltas en definitiva por el Comité de Becas.

II. REQUISITOS

1. Las(os) solicitantes deberán encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:

        • Estar inscrita(o) y ser alumna(o) de tiempo completo a nivel licenciatura de la Universidad Autónoma Metropolitana

        • Haber concluido los créditos que integran el plan de estudio de la licenciatura respectiva (Egresada(o)) en los trimestres 23 – Otoño, 24 – Invierno, 24 – Primavera, 24 – Otoño, 25 – Invierno y 25 – Primavera.

2. Tener un promedio general mínimo de 8.

3. Haber sido aceptada/o para el desempeño del servicio social en un proyecto, programa, plan de servicio social aprobado por el órgano colegiado correspondiente.

4.Haber iniciado el servicio social durante el ejercicio fiscal 2025.

5. El Comité asignará las becas en función de la trayectoria académica del / de la alumno(a).

6. No haber concluido otros estudios de nivel licenciatura, ni contar con título profesional de ese nivel o superior.

7. Firmar la carta compromiso, una vez que se publique el dictamen de otorgamiento de la beca.

8. Para recibir el pago de la beca, las/os alumnas/os deberán tener una cuenta bancaria activa de débito a su nombre y asegurarse de que permita depósitos mayores al monto total de la beca, transferencias electrónicas y que no tenga límite de depósitos al mes.

III. RESTRICCIONES

  • Las(os) solicitantes no deben contar con algún otro beneficio de tipo económico o en especie otorgado para la realización del servicio social al momento de solicitar la beca y durante el tiempo en que reciban el beneficio.
  • Las(os) solicitantes que resulten beneficiarias(os) de la Beca de Servicio Social no podrán realizar cambio o modificación del Servicio Social previamente aceptado.

IV. CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN

Las(os) aspirantes que cumplan con los requisitos establecidos serán seleccionados(as) considerando los siguientes criterios:

  • Mayor promedio académico.
  • Equidad de número de becas entre las unidades universitarias.
  • Prioridad a los solicitantes que no hayan concluido el servicio social.
  • Prioridad a los proyectos que se realicen fuera de las unidades universitarias con beneficio social.
  • Se dará prioridad a aquellos solicitantes que no cuenten con otra beca.

V. DOCUMENTOS A PRESENTAR

Las(os) nuevas(os) solicitantes deberán entregar del 22 de septiembre al 17 20 de octubre hasta las 18:00 horas:

1. Acuse de la solicitud registrada en el sistema de la UAM firmada en tinta azul o negra (deberás guardar el documento para futuras referencias).

2. Copia de la credencial UAM o de la credencial de egresado o de una identificación oficial con fotografía.

VI. PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD

Consulta el procedimiento para la solicitud descargando el PDF.

IMPORTANTE

Registrar los documentos en el orden indicado, el nombre del archivo no debe tener caracteres especiales, ni símbolos, ni espacios en blanco y no tener un tamaño mayor a 1MB.

Los documentos se revisarán y serán calificados: aceptados o rechazados (En caso de ser rechazado algún documento se podrá registrar nuevamente).

Si el documento se encuentra rechazado se deberá corregir y registrar nuevamente dentro de las 24 horas en días hábiles posteriores a la calificación.

La fecha límite para registrar los documentos será el 17 20 de octubre del 2025 hasta las 18:00 horas.

La fecha límite para corregir los documentos rechazados será el 24 de octubre de 2025 hasta las 18:00 horas.

Una vez publicados los resultados, la(el) alumna(o) beneficiada(o) deberá formalizar la beca de acuerdo con el instructivo señalado en la publicación de resultados.

Ciudad de México, a 22 de septiembre de 2025.

A t e n t a m e n t e
Casa abierta al tiempo

Dr. Gustavo Pacheco López
Rector General

“Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.

Histórico de Convocatoria